Conceptos....
Se está hablando actualmente, en prensa, y en el mundillo jurídico, de conceptos y su diferente alcance, en relación con el encausamiento de la Infanta Cristina: y son conceptos sobre cuyo significado se deberían tener ideas claras. Uno de ellos: la diferencia entre dinero publico y dinero privado. Otro la diferencia entre "directo perjudicado" por un delito, y "perjudicado indirecto". Ambos conceptos tienen importancia en cuanto a la correcta comprensión de lo que sea ACUSACION PARTICULAR y ACUSACION POPULAR. Dinero publico, para mi, es el que procede de los impuestos y de las subvenciones estatales. Privado el que procede del trabajo particular o de los sueldos o salarios de funcionarios y trabajadores, que ingresa en el peculio privado de las personas. En el perjuicio derivado de las defraudaciones a la Hacienda Pública, los perjudicados somos todos, pero solo como "perjudicados indirectos". No es lo mismo que te "vacien" un millón en tu cuenta privada, que lo defrauden a la Hacienda Pública, aunque "Hacienda seamos todos". Otra diferenciación que ha de tenerse clara es la que se refiere a las acusaciones particular y popular. La acusación particular es aquella que pueden ejercer los PERJUDICADOS DIRECTOS. Acusación popular, es aquella que puede ejercitar cualquier ciudadano que se considere PERJUDICADO INDIRECTO por una acción delictiva que defraude a la Hacienda Publica. Pues bien: para que se pueda llevar a una persona a juicio oral, es decir, para "sentarlo en el banquillo" no basta la acusación popular -que ejercen los perjudicados indirectos- sino que es precisa la acusación pública o la particular, es decir la que corresponden a los perjudicados directos, sobre todo cuando se trata de delitos contra la Hacienda Pública, si es que ésta, ni el Ministerio Fiscal, piden el sobreseimiento de la Causa. Y que acusación particular y acusación popular son legalmente conceptos distintos y diferenciados se deduce de la propia Ley.
Manuel Domínguez Viguera
miércoles, 24 de diciembre de 2014 a las 17:51
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Noticia en la pagina galiciadigital.com/opinion
"Cotolay", película en la que el director verinense Jose Antonio Nieves Conde argumenta la trayectoria de los frailes franciscanos en Compostela, está ahora de actualidad, al celebrarse el quinto centenario de la peregrinación a Santiago de San Francisco de Asis 1214- 2014, y permite incluir unos rasgos de la vida profesional de nuestro pariente con la orden capuchina.
Pepe había consultado extensa documentación franciscana en el convento de la orden en Orense ciudad donde a poca distancia de la Casa franciscana en el parque de san lázaro su padre Domingo Nieves Ares, ferviente católico, acudía a las vigilias de la adoración nocturna en aquel convento en cuya biblioteca Nieves Conde encontró gran parte de la documentación para el boceto de lo que iba a ser la película "Cotolay". Documentación que facilitó la responsable de la revista CATEQUESIS ANTONIANA", la profesora Celia Merino Rodríguez.
Nieves Conde tenía el proyecto de filmar una película sobre la vida de San Francisco de Tameirón, mártir en tierras japonesas que había nacido por tierras del Riós cercanas al domicilio de la familia del cineasta ahora recordado, del que sus biógrafos destacan aquellos veranos lejanos que acudía a su pueblo de Romariz y de Verín alojándose en nuestra vivienda familiar.
También recordamos que el cineasta estuvo en León con el encargo de filmar un reportaje para Televisión Española con motivo del milenario de la fundación de la ciudad leonesa, evento que se recuerda con una columna trajana instalada en la plaza de san Isidoro. En aquella visita a León, Nieves Conde se relacionó con el padre Javier de Valladolid, ilustre rector del convento de los Padres Capuchinos. El padre Javier recordó en aquella ocasión los sermones de la novena de la Merced en Verin, y asimismo facilitó datos de aquellos religiosos franciscanos que fueron misioneros en tierras de Japón, como San Francisco de Tameirón y Pedro Váquez, y el Beato Sebastian de Apricio, natural de Agudiña, en tierras mexicanas.
Gustaba Nieves Conde de la gastronomía gallega, recordando a uno de sus biógrafos platos típicos de la tierra en la cocina de su abuela en Romariz y la gastronomía de Verín, que corría a cargo de nuestra madre Joaquina López, con aquellos caldiños, lacón con grelos, cocido gallego y los guisados y empanadas que en la Tahona el Panadero Primitivo preparaba para nuestra mesa.
Hoy al recordar aquellas visitas de Pepe a León, al que desde su estancia en León no volvimos a ver, fue nuestra prima carnal María Eugenia Campo Nieves la última en contactar con el cineasta en el homenaje que se le hizo en el festival de cine de San Sebastián, al que postrado en silla de ruedas recibió aquella distinción, falleciendo meses después.
Invitamos a nuestros lectores a la lectura de sus memorias en la biblioteca pública, como recordamos nuestras conversaciones convivencias familiares compartidas con María Eugenia quien nos acompaña en nuestras visitas a Verih en Lugano, nuestro habitual lugar de residencia, y si en algún momento entre las actividades culturales programadas en la villa hay alguna sobre José Antonio Nieves Conde nos comprometemos a asistir a la misma, quedando a la entera disposición de los organizadores.
COTOLAY Y SAN FRANCISCO DE ASIS 1214-2014
Se cumplen ocho siglos de la peregrinación de San Francisco de Asís a Santiago de Compostela, 1214-2014. En este octavo centenario colabora la cadena de supermercados Gadis, que tiene en Verín uno de sus establecimientos. Esta peregrinación nos trae a la memoria la película "Cotolay", dirigida por nuestro pariente José Antonio Nieves Conde en 1966, cuyo guión fue escrito por el propio Pepe y por Luis Ligero en Romariz de Riós y en nuestro domicilio de Las Puertas en Verín. Cotolay y otra películas con temática religiosa del cineasta Nieves Conde, fueron emitidas en el programa de televisión de Intereconomía, Lágrimas en la lluvia, que presentaba Juan Manuel de Prada junto a su esposa María Cárcoba. Programa que incluía un debate sobre la película proyectada. De Prada suele visitar Verín con relativa frecuencia, alojándose en el Hostal Lugano, lugar donde igualmente nos alojamos en nuestras visitas la villa y en la que el maravilloso trato que nos dispensan Paco Pérez y su padre Benjamín, nos hacen quedar en deuda por su acogida.
El pasado mes de agosto intentamos coincidir, en uno de nuestros viajes, con Juan Manuel de Prada para preguntarle sobre la película "Cotolay". Desgraciadamente no fue posible dicho encuentro debido a que sufrí una grave dolencia cardíaca, que me obligó a regresar precipitadamente a León, para ser tratado en el Hospital Universitario de esa capital.
Posteriormente Juan Manuel de Prada relató momentos de esa estancia veraniega en Verín, en la revista "El Semanal", publicación donde colabora. En dicho relato describe la situación de los balnearios, a los que su padre, en sus tiempos, acudía como agüista, mientras él se dedicaba a la caza de mariposas.
Retomando el asunto que nos ocupa sobre el film "Cotolay", nos vienen a la memoria aquellas vivencias sobre temas cinematográficos compartidos con nuestro pariente Nieves Conde. Dicha cinta recoge la milagrosa construcción del primer convento franciscano en España.
El Convento de San Francisco de Valdediós fue fundado por San Francisco de Asís en su visita a Santiago de Compostela en 1214, en el lugar de Val de Dios. El terreno fue comprado a los monjes de San Martiño Pinario por la simbólica renta anual de una cesta de truchas. La fundación, envuelta en leyendas, está descrita en una inscripción en el muro del actual convento. Se dice allí que San Francisco encargó su construcción a un carbonero llamado Cotolay, que encontró milagrosamente un tesoro con el que pudo costear esta obra.
Del edificio original sólo se conservan cinco arcos góticos en el claustro y el sepulcro de Cotolay. El actual templo barroco se construyó entre 1742 y 1749 y es de gran simplicidad y pureza formal. Posteriormente una reforma neoclásica retocó la fachada, que cuenta con una imagen de San Francisco realizada por el escultor Ferreiro.
En el atrio destaca el Monumento a San Francisco, concebido como un gigantesco crucero por el escultor Francisco Asorey.
El claustro del convento es de principios del siglo XVII y se atribuye a Xácome Fernández.
El Museo de Terra Santa, vinculado a este convento, guarda objetos referentes a los Santos Lugares, así como otros de la tradición peregrina.
Ficha técnica de la película Nacionalidad: Española Director: José Antonio Nieves Conde Productor: Miguel de Echarri Guión: Luis Ligero - José Antonio Nieves Conde Música: Àngel Arteaga Fotografía: Mario Pacheco Año: 1965 Duración: 108 min. Género: Drama religioso Premios: Sindicato Nacional del Espectáculo - España (1965)
Reparto: Vicente Parra Didier Haudepin José Bódalo Conrado Sanmartín José Bastida Cris Huertas
Argumento: Drama religioso ambientado en el siglo XIII en plena expansión del cristianismo en España en la que el papel de las peregrinaciones de santos varones por el camino de Santiago tuvieron un papel decisivo. La historia se basa en la leyenda de Cotolay sobre la fundación del convento de Valdedios en Compostela. Tres frailes: Francisco de Asís, Juan de Florencia y Bernardo de Quintavalle, mientras rezan ante la tumba del Apóstol, reciben una revelación divina: deberán fundar un convento en estas tierras. En la empresa cuentan con la ayuda de un muchachito llamado Cotolay, cuyo arrojo, astucia y bondad serán decisivos para llevarla a cabo.
(Los lectores pueden encontrar datos sobre la biografía de José Antonio Nieves Conde, en las bibliotecas verinenses).
Por Joaquin Nieves, publicado en galiciadigital.com/opinion
martes, 23 de diciembre de 2014 a las 19:09
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El Auto de 22 de diciembre de 2014, del Juez Castro
Ha coincidido el "tiempo judicial" -que nada tiene que ver con el "tiempo político"- con las vísperas de la Nochebuena, y, con ese motivo, ha incidido en el mensaje de Navidad que estaba a punto de grabar el Rey Felipe VI. Porque el Juez Castro ha abierto juicio oral en la pieza separada de la Causa Nos, entre otros, contra la Infanta Dª Cristina Federica de Borbón y Grecia, hermana de S.M... Con lo cual éste ha tenido, sin duda, que "retocar" o "complementar" el mensaje, aun por conocer.... El Juez ha dictado un Auto muy "trabajado", -usando el argot interno en la Carrera-, en apoyo de su teoría, contraria a la de la Sentencia de la Sala 2ª del Tribunal Supremo de 17 de Diciembre de 2007, que dio lugar a la "doctrina Botin", en el sentido de que "acusador particular" es un término comprensivo de acusador "popular", y de que este último tiene la misma virtualidad que el primero, para pedir la apertura de juicio oral, por lo que no puede aplicarse lo establecido en el art.782.1 de la Ley de Enjuciamiento Criminal, dejando de abrir juicio contra personas no acusadas por el Ministerio Fiscal ni por el acusador particular, como lo es la Infanta. El Juez utiliza, y transcribe literalmente, como argumento en contra de lo establecido por la Sala 2ª del T.S. en mencionada Sentencia, los votos particulares que suscribieron los Magistrados discrepantes de la mayoría, citando expresamente a D.Julian Sanchez Melgar, D.Perfecto Andres Perez y D.Luciano Varela Castro, -estos dos últimos pertenecientes a la asociación "Jueces para la Democracia- los cuales trataban de equiparar "acusación popular" con "acusación particular" a efectos de legitimar a los "perjudicados genéricos", o no directamente afectados, con los "perjudicados" directos, legitimados para ejercer la acusación particular. Al actuar así olvida el Juez que lo que vale de cualquier Sentencia es el voto mayoritario que conforma el fallo, no la opinión discrepante de la minoría expresada en los votos particulares, que, por cierto, antiguamente, se llamaban votos "reservados", por lo que no eran notificados a las partes. Lo mismo ocurre con la doctrina de Catedráticos, como el Sr.Gimbernat, que, literalmente, transcribe el Juez en otro de sus fundamentos jurídicos. Pero lo cierto es que si el Legislador hubiera querido equiparar la "acción popular " con la "acusación particular", no se hablaría de ambas en la Ley. Bastaría con mencionar a una de ellas.
Manuel Domínguez Viguera
martes, 23 de diciembre de 2014 a las 18:59
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