NOTICIA EN LA REGION
Asunción Rodríguez Zarraquiños fue elegida ayer por la mañana nueva presidenta del Consello Regulador de la Denominación de Orixe Monterrei. Sustituye en el cargo a Antonio Méndez Atanes, que dejó el cargo semanas atrás luego de ser elegido concejal de la Corporación municipal de Verín.
El pleno del Consello Regulador se reunió ayer con el objetivo de proceder a la renovación de la presidencia de la entidad. Los miembros del mismo eligieron, por mayoría de votos, que ocupe el cargo de presidenta Asunción Rodríguez, que era vicepresidenta del Consello desde 2012 y presidenta en funciones desde la renuncia de Méndez Atanes.
Antes de la reunión del pleno del Consello, se celebró una votación interna en la sede del Consello Regulador, a la que fueron convocados los bodegueros integrados en la Denominación, que también apoyaron mayoritariamente la continuidad en el cargo de Asunción Rodríguez.
Nacida en el concello de Monterrei, Asunción Rodríguez será la quinta presidenta del Consello Regulador y la primera mujer que ocupa este cargo. Ligada al mundo de la producción vinícola industrial y responsable de la bodega Crego e Monaguillo, la nueva presidenta se marca el reto inmedidato de obtener la acreditación ENAC, entidad pública que garantiza la calidad del producto y posibilita su reconocimiento a nivel nacional e internacional. Otro de sus objetivos es intensificar las acciones de defensa y promoción del sector del vino de Monterrei, con la mirada puesta en la próxima Feira do Viño.
La Denominación de Orixe está conformada por 24 bodegas del valle de Monterrei, que incluye a 381 viticultores de los concellos de Verín, Monterrei, Vilardevós, Riós, Oímbra y Castrelo do Val.
sábado, 27 de junio de 2015 a las 11:18
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ULTIMA HORA
Pero, ¿cuánto es eso? Un criterio que podemos utilizar es el siguiente: Nos quedamos con quienes tengan un suelto neto de 1.000 euros, si bien como el pago más habitual es de 14 pagas, nos quedamos con ese criterio: 1.000 euros al mes, con 14 pagas. Así, para el caso de alguien que se deduce por la compra de su vivienda habitual, que es un caso muy común, un mileurista ganaría 16.531 euros.
Lo primero que destaca de esta cifra es que se queda algo por debajo del sueldo mediano. ¿Qué quiere decir sueldo mediano? Que si ordenamos todos los sueldos de mayor a menor, el mediano es el que deja a tantos españoles por encima como los que hay por debajo. Es, en definitiva, el sueldo del español medio. Y ese sueldo está en los 19.029,66 euros. El sueldo que más se repite (la moda) es d 15.500 euros. Y la media, 22.697,86. La media resulta engañosa, porque alguien que gane 40.000 euros al año cuenta el doble que alguien que gane 20.000, por eso la mediana es más representativa.
Dicho esto, y sabiendo que el sueldo mileurista está entre los 16.000 y los 17.000 euros, ¿dónde están los mileuristas españoles? Si vamos a los sectores de actividad, las actividades inmobiliarias y el comercio hacen que sus trabajadores generen una renta de poco más de 19.000 euros. En concreto, las actividades inmobiliarias, con 19.156 euros, otorgan de media un sueldo de 1.133,5 euros, todavía dentro de lo que se entiende por mileurismo. El comercio, muy parecido, ya que con 19.069 otorga sueldos de 1.129 euros, en 14 pagas. Por debajo de esto, y con sueldos medios más cercanos al mileurismo están las actividades artísticas (18.102 euros, 1.080 al mes), otros servicios (16.735 euros, 1.010 al mes), y ya por debajo las actividades administrativas (15.809 euros) y la hostelería (13.851).
Por grupo de ocupación, están en el mileurismo, de media, los trabajadores cualificados del sector agrícola, la atención al público, los peones, los empleados de los restaurantes y los empleados no cualificados, en los servicios.
Por otro lado, si tienes un trabajo a tiempo completo, es fácil escapar del mileurismo. De hecho, los trabajadores a tiempo completo ganan, de media, 26.346 euros. Pero quienes trabajan a tiempo parcial reciben, también de media, un sueldo bruto de 10.056 euros. Ocurre lo mismo, aunque de un modo mucho menos marcado, con quienes trabajan con un contrato indefinido (24.333 euros), y quienes trabajan con un contrato con una duración delimitada (15.433).
Cuando hacemos la discriminación por nacionalidad, los españoles, en general, escapan al mileurismo, ya que tienen una media de 23.181 euros. Claro, que esto es sólo la media, la mediana será más baja, y un poco más abajo entramos ya en el mileurismo. Los trabajadores de América Latina y los procedentes del resto del mundo no alcanzan los 14.000 euros, de media, por lo que allí hay mucho mileurismo. Y algo parecido pasa con los europeos que no sean de la UE, aunque estos rozan los 15.000.
Es muy interesante, en penúltimo lugar, observar cómo se escapa uno del mileurismo a partir de los 30 años. El penúltimo, porque el último señala a aquéllas comunidades con sueldos medios más bajos y, en consecuencia, mayor incidencia del mileurismo. Son Canarias, Galicia y Extremadura.
sábado, 27 de junio de 2015 a las 9:23
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NOTICIA DE VERIN
Un acusado de tráfico de drogas ha sido condenado a tres años de prisión por la comisión de un delito, al ser sorprendido en posesión de sustancia estupefaciente cuando se hallaba en un aparcamiento de un club de alterne en Verín para su supuesta distribución.
El hombre, de nacionalidad marroquí y con residencia legal en España, se enfrentaba a una condena de cinco años de prisión, después de ser juzgado ayer en la Audiencia Provincial de Ourense por la presunta comisión de un delito de tráfico de drogas.
Según el escrito del ministerio público, el día de los hechos, ocurridos sobre las 5,35 horas del 2 de abril de 2014, el individuo se encontraba en el aparcamiento, en el interior de un vehículo, con varios envoltorios que contenían más de seis gramos de cocaína, supuestamente para su distribución.
La acusación cree que el acusado se deshizo de los estupefacientes arrojándolos fuera del vehículo en el momento de ser sorprendido por los agentes. Además de la condena de cárcel, el ministerio público solicitaba una multa de 677 euros.
En este auto, fechado el 25 junio de 2015, la sala considera probado que el acusado tenía la droga para su venta, que inmediatamente arrojó por la ventanilla del vehículo al ver a los agentes de la Guardia Civil.
El acusado portaba tres envoltorios de una sustancia, en concreto 4,797 gramos de cocaína, con una pureza del 25,33%, y 1,346 gramos de la misma, con una pureza de un 25,25%.
Se sustenta para ello, en las circunstancias en que se produjeron los hechos, relativas a que si el hombre se hallaba "estacionado en un parking, con las luces encendidas, a altas horas de la madrugada, lo que infundió sospechas a una patrulla de la Guardia Civil que se encontraba de servicio por la zona".
Tras estos hechos, resalta que el acusado arrojó por la ventanilla del coche unos envoltorios que resultaron ser papelinas conteniendo cocaína; y hace hincapié en "el hallazgo" de siete teléfonos móviles, y sobre cuya utilidad "no ofreció justificación razonable, habiendo, de hecho, variado su declaración en punto a la titularidad de los mismos".
Por otra parte, rechaza la posible eximente de consumo, tras apuntar que "el acusado no tiene la condición de toxicómano", por lo que la cantidad de sustancia intervenida al mismo no puede entenderse destinada al autoconsumo.
Contra la sentencia cabe interponer recurso de casación ante la sala segunda del Tribunal Supremo en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación.
viernes, 26 de junio de 2015 a las 20:40
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